Sobre el tema de compra de facturas y el ilícito tributario defraudación
Caso especial: ¿Qué pasa cuando el servicio es real pero la factura no pertenece al proveedor sino a una empresa de papel?
Juan Bonet
jbonet@bym360.com
Matías Burgos
mburgos@bym360.com
Sobre el tema de la compra de facturas que se han dado en la práctica en los últimos años, ha ocurrido una situación que motiva este informe. Una empresa cumplidora contrata un servicio puntual a un proveedor no habitual. El trabajo se hace o el bien se vende por parte de ese proveedor no habitual.
El proveedor del bien o servicios cobra en efectivo —“así trabajo yo”— y entrega su factura. Se contabiliza, se archiva. No se lo vuelve a contratar.
Años después, una inspección de la DGI detecta que esa factura era de una empresa “de papel”, sin sustancia económica. Y sobre esa base imputa a quien la recibió la infracción de defraudación (art. 96 del Código Tributario): multa de 1 a 15 veces el tributo. La tesis de DGI: compró facturas para bajar sus impuestos sin ser el servicio real o la venta del bien real.
¿La prueba? Indicios. El pago fue en efectivo o con cheques de terceros: no hay trazabilidad. El proveedor es inubicable. Y el art. 96 presume la intención de defraudar en ciertos casos, invirtiendo la carga: es el contribuyente quien debe demostrar que el servicio existió.
La defraudación exige dolo, y las presunciones del art. 96 son relativas: admiten prueba en contrario, como lo ha reconocido el TCA. Pero esa prueba hay que tenerla. Y casi siempre no se realiza al momento de contratar y por ende no se tiene al momento de la inspección.
Por eso, dos reflexiones:
Para las empresas: el pago bancarizado, el contrato aunque sea simple, los correos, las fotos de la realización del trabajo, la verificación del proveedor en la web de DGI — nada de eso es burocracia. Es tu defensa futura.
Para el sistema: el combate a las empresas de papel es necesario, y la Administración hace bien en darlo. El desafío está en que los indicios distingan al que compra facturas del que compró un servicio o recibió un bien en la realidad y recibió una factura de una empresa tercera a la transacción de papel.

