Por Clementina Pintos

La expansión de las plataformas digitales transformó la forma en que empresas y consumidores contratan servicios, comercializan productos y generan ingresos. Sin embargo, ese crecimiento también planteó nuevos desafíos para los sistemas tributarios, que históricamente fueron diseñados para modelos de negocio con presencia física más clara y estructuras más tradicionales.

Hoy conviven múltiples modelos digitales: plataformas de servicios profesionales, marketplaces, aplicaciones de transporte, streaming, publicidad digital, software como servicio y comercio electrónico, entre otros. Cada uno presenta particularidades distintas desde el punto de vista impositivo.

Uno de los principales debates gira en torno a dónde se genera efectivamente el valor económico y qué jurisdicción tiene potestad para gravarlo. En el caso de plataformas internacionales, es frecuente que exista una distancia significativa entre el lugar donde se encuentra la empresa, donde se procesa el pago y donde se consume el servicio.

En Uruguay, el tratamiento tributario de determinadas actividades digitales ha evolucionado en los últimos años, incorporando criterios específicos para servicios digitales y ciertas rentas obtenidas a través de plataformas. Aun así, continúan existiendo desafíos interpretativos y operativos, especialmente en actividades con modelos híbridos o estructuras internacionales complejas.

Para las empresas, el análisis no se limita únicamente al pago de impuestos. También deben considerarse aspectos vinculados a facturación, documentación, retenciones, residencia fiscal y cumplimiento regulatorio. En algunos casos, la utilización de plataformas internacionales puede generar obligaciones tributarias que no siempre son evidentes en una primera revisión.

Otro punto relevante es la velocidad con la que evoluciona la economía digital. Muchas veces, las regulaciones avanzan detrás de los modelos de negocio, obligando a las administraciones tributarias y a las compañías a adaptarse constantemente a nuevas formas de operación.

Desde una perspectiva empresarial, resulta cada vez más importante incorporar el análisis tributario desde el diseño mismo del modelo digital y no únicamente como una instancia posterior de cumplimiento. La estructura elegida, la forma de monetización y la localización de determinados procesos pueden tener impactos significativos en la carga fiscal y en los riesgos regulatorios.

En BYM 360° entendemos que la economía digital exige enfoques interdisciplinarios capaces de integrar análisis tributario, corporativo y financiero. En un entorno cada vez más globalizado, la planificación y la anticipación resultan claves para reducir contingencias y acompañar el crecimiento de los negocios.

El presente artículo tiene fines informativos y no constituye asesoramiento legal, tributario o financiero. Para evaluar su situación particular, contáctenos.

Mayo 2026 Clementina Pintos

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